{"id":253111,"date":"2026-08-07T11:06:59","date_gmt":"2026-08-07T14:06:59","guid":{"rendered":"https:\/\/chacosintesis.com.ar\/index.php\/desalojos-mas-rapidos-que-cambia-con-el-proyecto-que-aprobo-el-senado\/"},"modified":"2026-08-07T11:06:59","modified_gmt":"2026-08-07T14:06:59","slug":"desalojos-mas-rapidos-que-cambia-con-el-proyecto-que-aprobo-el-senado","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/chacosintesis.com.ar\/index.php\/desalojos-mas-rapidos-que-cambia-con-el-proyecto-que-aprobo-el-senado\/","title":{"rendered":"Desalojos m\u00e1s r\u00e1pidos: qu\u00e9 cambia con el proyecto que aprob\u00f3 el Senado"},"content":{"rendered":"<p><\/p>\n<div>\n<p>El Senado dio media sanci\u00f3n a un proyecto de ley de inviolabilidad de la propiedad privada que propone modificar las reglas para los desalojos de inmuebles urbanos y rurales.<\/p>\n<p>La iniciativa busca acelerar los procesos judiciales, ampliar qui\u00e9nes pueden iniciar una demanda y establecer nuevas condiciones para propietarios y ocupantes.<\/p>\n<p>El proyecto todav\u00eda debe ser aprobado por la C\u00e1mara de Diputados para convertirse en ley.<\/p>\n<p>Uno de los principales cambios es que las acciones de desalojo deber\u00e1n tramitarse mediante un juicio sumar\u00edsimo, es decir, un procedimiento judicial m\u00e1s breve que el proceso tradicional.<\/p>\n<div class=\"newsletter\">\n<p class=\"newsletter__titulo\"> Recib\u00ed los Newsletters de La Nueva <span class=\"blanco\">sin costo<\/span> <\/p>\n<form method=\"POST\" class=\"search-lightbox__form\" action-xhr=\"https:\/\/www.lanueva.com\/suscripcion_amp\" target=\"_top\">\n<p> <template type=\"amp-mustache\"> {{msj}} <\/template> <\/p>\n<p> <template type=\"amp-mustache\"> {{msj}} <\/template> <\/p>\n<p> <amp-recaptcha-input layout=\"nodisplay\" name=\"g-recaptcha-response\" data-sitekey=\"6LfgkyEhAAAAALWAPV1E8JgXNLwb5Zq0ugONXmGI\" data-action=\"token\" class=\"i-amphtml-layout-nodisplay\" hidden=\"hidden\" i-amphtml-layout=\"nodisplay\"> <\/amp-recaptcha-input> <\/form>\n<\/p><\/div>\n<p>Adem\u00e1s, la iniciativa ampl\u00eda las personas habilitadas para iniciar una acci\u00f3n. Ya no ser\u00edan \u00fanicamente los propietarios quienes podr\u00edan reclamar el desalojo: tambi\u00e9n podr\u00edan hacerlo quienes acrediten un derecho o un inter\u00e9s leg\u00edtimo afectado por la ocupaci\u00f3n del inmueble, independientemente de cu\u00e1l sea su v\u00ednculo jur\u00eddico con la propiedad.<\/p>\n<h2 class=\"h2\">Qu\u00e9 establece para los alquileres<\/h2>\n<p>El proyecto incorpora nuevas reglas para los casos de desalojo por falta de pago de alquileres cuando el inmueble tiene destino habitacional.<\/p>\n<p>Antes de iniciar una demanda, el propietario deber\u00e1 realizar una intimaci\u00f3n fehaciente al inquilino para que pague la deuda, otorg\u00e1ndole un plazo de al menos 10 d\u00edas corridos desde la recepci\u00f3n de la notificaci\u00f3n. La intimaci\u00f3n deber\u00e1 indicar tambi\u00e9n el lugar donde debe efectuarse el pago.<\/p>\n<p>La notificaci\u00f3n podr\u00e1 enviarse al domicilio que el inquilino haya declarado en el contrato, ya sea f\u00edsico o electr\u00f3nico. Seg\u00fan el proyecto, ser\u00e1 considerada v\u00e1lida incluso si el locatario se niega a recibirla o si no puede concretarse por motivos que le sean imputables.<\/p>\n<p>Una vez vencido ese plazo, o cuando el contrato haya terminado por cualquier otra causa, el inquilino deber\u00e1 devolver el inmueble. Si no lo hace, el propietario podr\u00e1 iniciar el desalojo mediante el procedimiento judicial m\u00e1s breve previsto por la ley.<\/p>\n<p>El texto tambi\u00e9n establece que el propietario no podr\u00e1 negarse a recibir las llaves ni condicionar su recepci\u00f3n, aunque podr\u00e1 reservarse el derecho a reclamar las obligaciones pendientes.<\/p>\n<p>Si el locador se niega o guarda silencio ante el pedido de entrega de las llaves, el inquilino podr\u00e1 realizar una consignaci\u00f3n judicial. En ese caso, los gastos y costas quedar\u00e1n a cargo del propietario.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, si el inquilino realiza la consignaci\u00f3n judicial dentro de los 10 d\u00edas h\u00e1biles posteriores a la notificaci\u00f3n al propietario, dejar\u00e1 de adeudar alquileres y obligaciones accesorias desde el momento en que notific\u00f3 fehacientemente su intenci\u00f3n de entregar las llaves, bajo las condiciones previstas por el proyecto.<\/p>\n<h2 class=\"h2\">Desalojo inmediato en determinados casos<\/h2>\n<p>Otro de los puntos centrales es la posibilidad de que un juez ordene la entrega inmediata del inmueble cuando se trate de una ocupaci\u00f3n precaria o una intrusi\u00f3n y el derecho invocado por quien reclama resulte veros\u00edmil.<\/p>\n<p>Para acceder a esta medida, el proyecto establece como requisito una cauci\u00f3n juratoria, es decir, un compromiso formal de responder por eventuales da\u00f1os si posteriormente se determina que la medida no correspond\u00eda.<\/p>\n<p>En los casos en que se alegue un cambio de destino del inmueble, deterioro, realizaci\u00f3n de obras nocivas o un uso abusivo o deshonesto, el juez deber\u00e1 disponer un reconocimiento judicial dentro de las 72 horas.<\/p>\n<p>Durante esa actuaci\u00f3n deber\u00e1n identificarse los ocupantes, incluyendo nombre, nacionalidad y documento, con intervenci\u00f3n del Defensor Oficial.<\/p>\n<h2 class=\"h2\">Protecci\u00f3n para personas en situaci\u00f3n de vulnerabilidad<\/h2>\n<p>El proyecto tambi\u00e9n contempla situaciones en las que el desalojo pueda afectar a menores de edad, personas con discapacidad o adultos mayores en situaci\u00f3n de desamparo.<\/p>\n<p>Cuando se encuentren personas en esas condiciones, deber\u00e1n intervenir los organismos de protecci\u00f3n correspondientes y el Ministerio P\u00fablico Tutelar.<\/p>\n<p>En estos casos, el juez podr\u00e1 otorgar un plazo de hasta 10 d\u00edas para garantizar una alternativa habitacional transitoria.<\/p>\n<p>La iniciativa establece, adem\u00e1s, que la cauci\u00f3n juratoria para obtener una entrega inmediata solo podr\u00e1 utilizarse cuando el derecho del demandante sea inequ\u00edvoco y no existan terceros de buena fe. El magistrado tambi\u00e9n podr\u00e1 exigir una fianza para cubrir eventuales da\u00f1os.<\/p>\n<h2 class=\"h2\">Nuevas reglas para las notificaciones<\/h2>\n<p>El proyecto modifica tambi\u00e9n el procedimiento para notificar una demanda de desalojo.<\/p>\n<p>Cuando no exista un domicilio especial, la notificaci\u00f3n podr\u00e1 realizarse directamente en el inmueble que se pretende desalojar o en el domicilio electr\u00f3nico constituido.<\/p>\n<p>El oficial notificador podr\u00e1 identificar el inmueble por distintos medios, incluso mediante fotograf\u00edas, y solicitar el auxilio de la fuerza p\u00fablica cuando sea necesario.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n deber\u00e1 identificar a las personas que se encuentren en el lugar y preguntar cu\u00e1l es su relaci\u00f3n con el demandado, dejando constancia de esa informaci\u00f3n.<\/p>\n<p>La notificaci\u00f3n deber\u00e1 hacerse saber a todos los presentes, incluso a quienes no hayan sido mencionados inicialmente en la demanda. El proyecto establece que la sentencia de desalojo tendr\u00e1 efectos sobre todos los ocupantes, est\u00e9n presentes o ausentes durante el procedimiento.<\/p>\n<p>Para cumplir con su tarea, el notificador podr\u00e1 requerir el auxilio de la fuerza p\u00fablica, allanar domicilios y exigir la presentaci\u00f3n de documentos de identidad. El incumplimiento de estas reglas ser\u00e1 considerado una falta grave.<\/p>\n<h2 class=\"h2\">Multas si el propietario oculta informaci\u00f3n<\/h2>\n<p>En los casos de desalojo por falta de pago o vencimiento del contrato, el proyecto permite que el demandante solicite la desocupaci\u00f3n inmediata bajo cauci\u00f3n juratoria, siempre que se hayan cumplido las condiciones y los plazos establecidos.<\/p>\n<p>Sin embargo, si posteriormente se determina que el actor ocult\u00f3 informaci\u00f3n relevante para obtener esa medida, podr\u00e1 recibir una multa de hasta diez veces el \u00faltimo alquiler, que ser\u00e1 destinada a la contraparte.<\/p>\n<p>La iniciativa tambi\u00e9n establece nuevas reglas para el denominado mandamiento de lanzamiento. El oficial de justicia podr\u00e1 solicitar el uso de la fuerza p\u00fablica, allanar domicilios y designar un depositario para los bienes muebles que se encuentren en el inmueble.<\/p>\n<p>El proyecto aprobado por el Senado es una media sanci\u00f3n. Para convertirse en ley deber\u00e1 ser tratado y aprobado por la C\u00e1mara de Diputados.<\/p>\n<p>De obtener la sanci\u00f3n definitiva, las nuevas reglas modificar\u00e1n el procedimiento de desalojo y sumar\u00e1n disposiciones espec\u00edficas para los casos de falta de pago de alquileres, ocupaciones precarias e intrusiones, adem\u00e1s de establecer mecanismos de protecci\u00f3n para personas en situaci\u00f3n de vulnerabilidad.\u00a0<em>(Infobae)<\/em><\/p>\n<\/p><\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Senado dio media sanci\u00f3n a un proyecto de ley de inviolabilidad de la propiedad privada que propone modificar las reglas para los desalojos de inmuebles urbanos y rurales. 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