{"id":210996,"date":"2026-03-21T11:29:32","date_gmt":"2026-03-21T14:29:32","guid":{"rendered":"https:\/\/chacosintesis.com.ar\/?p=210996"},"modified":"2026-03-21T11:29:34","modified_gmt":"2026-03-21T14:29:34","slug":"historico-la-justicia-ordeno-al-estado-provincial-a-proteger-a-familias-rurales-fumigadas-en-la-zona-de-campo-largo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/chacosintesis.com.ar\/index.php\/historico-la-justicia-ordeno-al-estado-provincial-a-proteger-a-familias-rurales-fumigadas-en-la-zona-de-campo-largo\/","title":{"rendered":"Hist\u00f3rico: la Justicia orden\u00f3 al Estado provincial a proteger a familias rurales fumigadas en la zona de Campo Largo"},"content":{"rendered":"\n<p><em><strong>La sentencia ordena a la Provincia del Chaco trazar una l\u00ednea agron\u00f3mica de restricci\u00f3n que proteja a las familias rurales de Pampa Oculta, en la zona rural de Campo Largo, por fumigaciones con agrot\u00f3xicos que vienen denunciando desde 2018. Entre otros puntos, tambi\u00e9n le orden\u00f3 al Estado a crear el Registro Epidemiol\u00f3gico de la ley de Biocidas, que nunca se puso en funcionamiento.&nbsp;<\/strong><\/em><\/p>\n\n\n\n<p>La Sala Primera de la C\u00e1mara en lo Contencioso Administrativo del Chaco hizo lugar a una acci\u00f3n de amparo y conden\u00f3 a la Provincia a trazar en el plazo de dos d\u00edas una l\u00ednea agron\u00f3mica de restricci\u00f3n que proteja a las familias rurales de Pampa Oculta, localidad de Campo Largo, de las fumigaciones con agroqu\u00edmicos que vienen denunciando desde el a\u00f1o 2018.<\/p>\n\n\n\n<p>La sentencia, a la que tuvo acceso&nbsp;<em><strong>LITIGIO<\/strong><\/em>, fue firmada este 19 de marzo por las juezas Natalia Prato Stoffel y Geraldine Varas, y declar\u00f3 ileg\u00edtima la omisi\u00f3n del Estado provincial de aplicar las distancias de prohibici\u00f3n de la Ley de Biocidas no solo respecto de establecimientos educativos y sanitarios, sino tambi\u00e9n desde las viviendas rurales y los pozos, aljibes y reservorios de agua que son el \u00fanico sustento h\u00eddrico de las familias del paraje.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>Un reclamo de larga data&nbsp;<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p>El caso tiene una historia larga. Las denuncias comenzaron en noviembre de 2018, cuando productores y vecinos de Pampa Oculta \u2014un paraje ubicado a unos seis kil\u00f3metros de la planta urbana de Campo Largo\u2014 empezaron a registrar fumigaciones a\u00e9reas y terrestres con glifosato y otros biocidas realizadas sin aviso previo y sin respetar las distancias m\u00ednimas que exige la ley provincial.<\/p>\n\n\n\n<p>La productora ganadera Griselda Ruiz fue quien puso la cara desde el principio: denunci\u00f3 ante la Subsecretar\u00eda de Ambiente, ante la polic\u00eda local y ante la prensa que las fumigaciones contaminaban el agua, arruinaban las huertas y mataban animales de familias que viv\u00edan de lo que produc\u00edan. \u201cEs un tema muy serio, afecta la parte econ\u00f3mica porque familias dedicadas a la agricultura perdieron todo y encima se suma la intoxicaci\u00f3n por agroqu\u00edmicos\u201d, hab\u00eda dicho en aquel momento. Las denuncias se reiteraron durante 2019, 2020 y 2021, pero las fumigaciones no cesaron.<\/p>\n\n\n\n<p>Ante la falta de respuestas concretas por parte del Estado, en 2021 Ruiz impuls\u00f3 una acci\u00f3n de amparo con el patrocinio de la abogada Alejandra G\u00f3mez, de la Red de Salud Popular \u201cDr. Ram\u00f3n Carrillo\u201d, reclamando el cese de las fumigaciones ilegales y la protecci\u00f3n efectiva de los derechos a la salud y a un ambiente sano. En marzo de 2022, la misma Sala Primera que ahora dict\u00f3 sentencia ya hab\u00eda intimado a la Provincia a informar sobre sus intervenciones en un plazo de dos d\u00edas, ante la falta de respuesta de los organismos ambientales y sanitarios. Lo que el tribunal encontr\u00f3 al revisar los expedientes administrativos fue, en s\u00edntesis, que el Estado sab\u00eda lo que estaba pasando, sancion\u00f3 a algunos productores con multas expresadas en litros de gasoil, pero nunca adopt\u00f3 medidas estructurales para proteger a la poblaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>Incumplimientos reiterados&nbsp;<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p>Los expedientes administrativos relevados en la sentencia documentan una secuencia de incumplimientos reiterados. Las inspecciones realizadas por la Direcci\u00f3n de Fiscalizaci\u00f3n y Control Ambiental verificaron en distintas oportunidades que productores de la zona \u2014identificados en varios casos como Diego Madzarevich, Jos\u00e9 Alberto Varela, Alexis Moschen y N\u00e9stor Sova, entre otros\u2014 hab\u00edan aplicado agroqu\u00edmicos sin recetas agron\u00f3micas, sin habilitar la maquinaria, sin dar aviso previo a la comunidad y, en varios casos, a distancias menores a las permitidas por la Ley de Biocidas respecto de las escuelas rurales N\u00b0 265 y N\u00b0 410. En 2021, el propio expediente administrativo document\u00f3 que una avioneta fumig\u00f3 a aproximadamente 80 metros del edificio escolar y que, tras la aplicaci\u00f3n, el hijo y la nuera de Ruiz sufrieron v\u00f3mitos.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>Habitantes rurales con los mismos derechos que los urbanos<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p>Pero el problema central que identific\u00f3 la C\u00e1mara no fue solo la existencia de infracciones, sino la forma en que el Estado provincial las midi\u00f3. El criterio de la Subsecretar\u00eda de Ambiente consisti\u00f3 en tomar \u00fanicamente a los establecimientos educativos como punto de referencia para trazar la l\u00ednea agron\u00f3mica de restricci\u00f3n, ignorando tanto las viviendas rurales como los pozos y reservorios de agua que utilizan las familias para beber, higienizarse y producir alimentos. As\u00ed, en varios casos, los t\u00e9cnicos concluyeron que determinadas propiedades estaban \u201cfuera del \u00e1rea de restricci\u00f3n\u201d, pese a que en esos mismos predios viv\u00edan familias y se encontraban fuentes de agua contaminadas. La sentencia declar\u00f3 que esa interpretaci\u00f3n es inconstitucional: los habitantes rurales tienen los mismos derechos que los urbanos, y cualquier lectura de la ley que consagre una protecci\u00f3n menor para quienes viven en el campo viola el principio de igualdad y los est\u00e1ndares internacionales de derechos humanos.<\/p>\n\n\n\n<p>La contaminaci\u00f3n del agua no fue una hip\u00f3tesis. Los an\u00e1lisis de laboratorio incorporados a la causa \u2014realizados sobre muestras tomadas en 2019 en los predios de vecinos del paraje\u2014 detectaron presencia de glifosato y su metabolito AMPA tanto en agua como en sedimentos de reservorios utilizados para consumo. En otro expediente posterior se constat\u00f3 atrazina en el agua de un aljibe por encima del l\u00edmite de cuantificaci\u00f3n. Pese a ello, ninguno de esos hallazgos deriv\u00f3 en sanciones espec\u00edficas por contaminaci\u00f3n de agua ni en medidas de resguardo sanitario hacia las familias afectadas. La sentencia calific\u00f3 esa inacci\u00f3n como una violaci\u00f3n grave del derecho humano al agua, con respaldo en la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Naci\u00f3n y en est\u00e1ndares internacionales como la Observaci\u00f3n General N\u00b0 15 del Comit\u00e9 de Derechos Econ\u00f3micos, Sociales y Culturales de la ONU.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>Sin Registro Epidemiol\u00f3gico de la ley de Biocidas&nbsp;<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p>El contexto epidemiol\u00f3gico agrega otra capa de gravedad al caso. Investigadores de la UNNE, CONICET y la Red de Salud hab\u00edan publicado ya en 2012 \u2014con financiamiento del Ministerio de Salud de la Naci\u00f3n\u2014 que m\u00e1s del 30% de las familias entrevistadas en Campo Largo registraba al menos un caso de c\u00e1ncer en el grupo familiar en los \u00faltimos diez a\u00f1os. A eso se suma que, en 2019, la Subsecretar\u00eda de Ambiente revel\u00f3 resultados de an\u00e1lisis de aguas que mostraron residuos de glifosato, informaci\u00f3n que solo sali\u00f3 a la luz tras un pedido de informes de la Red de Salud. En ese escenario, el tribunal constat\u00f3 que el Registro Epidemiol\u00f3gico y de Estad\u00edsticas Sanitarias que la Ley de Biocidas obliga a crear al organismo de aplicaci\u00f3n \u2014y que deber\u00eda servir precisamente para monitorear la salud de las poblaciones expuestas\u2014 directamente no existe. La Subsecretar\u00eda de Ambiente confirm\u00f3 al tribunal, en agosto de 2024, que ese registro nunca fue implementado.<\/p>\n\n\n\n<p>La sentencia se\u00f1ala que doce familias del paraje \u2014Ojeda, Pedrido, Far\u00edas, Arkulin, Vanney, Sona, S\u00e1nchez, Almir\u00f3n, Lemos, Montes, Segovia y Ruiz-Leguizam\u00f3n\u2014 est\u00e1n directamente afectadas por esta situaci\u00f3n: en total, 46 personas adultas y 7 menores de edad que al momento de la inspecci\u00f3n ocular depend\u00edan de pozos propios o de vecinos para abastecerse de agua, ya que en la zona no existe red de agua potable ni infraestructura p\u00fablica de ning\u00fan tipo. Algunas de esas familias denunciaron casos de fitointoxicaci\u00f3n y la p\u00e9rdida de cosechas completas. La sentencia destaca que habitantes de zonas rurales se encuentran en situaci\u00f3n de especial vulnerabilidad estructural frente a los agroqu\u00edmicos, y que esa vulnerabilidad exige una protecci\u00f3n reforzada, no reducida.<\/p>\n\n\n\n<p>El fallo condena a la Provincia del Chaco a trazar la l\u00ednea agron\u00f3mica de restricci\u00f3n del art\u00edculo 26 de la Ley de Biocidas desde las viviendas rurales de Pampa Oculta y desde sus fuentes de agua en el plazo de dos d\u00edas, debiendo informar el cumplimiento al tribunal en ese mismo plazo. Adem\u00e1s, ordena que se cree, implemente y ponga en funcionamiento efectivo el Registro Epidemiol\u00f3gico previsto en la ley, con acceso p\u00fablico a la informaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n con el Ministerio de Salud, en un plazo razonable.<\/p>\n\n\n\n<p>FUENTE: LITIGIO.COM.AR<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La sentencia ordena a la Provincia del Chaco trazar una l\u00ednea agron\u00f3mica de restricci\u00f3n que proteja a las familias rurales de Pampa Oculta, en la zona rural de Campo Largo, por fumigaciones con agrot\u00f3xicos que vienen denunciando desde 2018. 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