{"id":1403,"date":"2019-01-26T21:53:15","date_gmt":"2019-01-27T00:53:15","guid":{"rendered":"https:\/\/chacosintesis.com.ar\/2019\/01\/26\/extincion-de-dominio-calculos-de-cientos-de-miles-de-millones\/"},"modified":"2019-01-26T21:53:15","modified_gmt":"2019-01-27T00:53:15","slug":"extincion-de-dominio-calculos-de-cientos-de-miles-de-millones","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/chacosintesis.com.ar\/index.php\/extincion-de-dominio-calculos-de-cientos-de-miles-de-millones\/","title":{"rendered":"Extinci\u00f3n de dominio: c\u00e1lculos de cientos de miles de millones"},"content":{"rendered":"<p>Extinci\u00f3n de dominio: c\u00e1lculos de cientos de miles de millones<br \/>\n<img decoding=\"async\" src=\"data:image\/gif;base64,R0lGODlhAQABAIAAAAAAAP\/\/\/ywAAAAAAQABAAACAUwAOw==\" fifu-lazy=\"1\" fifu-data-sizes=\"auto\" fifu-data-srcset=\"https:\/\/i3.wp.com\/www.rionegro.com.ar\/binrepository\/1256x620\/28c0\/1200d620\/none\/12350\/SQGF\/image_content_10511785_20190126214729.jpg?ssl=1&w=75&resize=75&ssl=1 75w, https:\/\/i3.wp.com\/www.rionegro.com.ar\/binrepository\/1256x620\/28c0\/1200d620\/none\/12350\/SQGF\/image_content_10511785_20190126214729.jpg?ssl=1&w=100&resize=100&ssl=1 100w, https:\/\/i3.wp.com\/www.rionegro.com.ar\/binrepository\/1256x620\/28c0\/1200d620\/none\/12350\/SQGF\/image_content_10511785_20190126214729.jpg?ssl=1&w=150&resize=150&ssl=1 150w, https:\/\/i3.wp.com\/www.rionegro.com.ar\/binrepository\/1256x620\/28c0\/1200d620\/none\/12350\/SQGF\/image_content_10511785_20190126214729.jpg?ssl=1&w=240&resize=240&ssl=1 240w, https:\/\/i3.wp.com\/www.rionegro.com.ar\/binrepository\/1256x620\/28c0\/1200d620\/none\/12350\/SQGF\/image_content_10511785_20190126214729.jpg?ssl=1&w=320&resize=320&ssl=1 320w, https:\/\/i3.wp.com\/www.rionegro.com.ar\/binrepository\/1256x620\/28c0\/1200d620\/none\/12350\/SQGF\/image_content_10511785_20190126214729.jpg?ssl=1&w=500&resize=500&ssl=1 500w, https:\/\/i3.wp.com\/www.rionegro.com.ar\/binrepository\/1256x620\/28c0\/1200d620\/none\/12350\/SQGF\/image_content_10511785_20190126214729.jpg?ssl=1&w=640&resize=640&ssl=1 640w, https:\/\/i3.wp.com\/www.rionegro.com.ar\/binrepository\/1256x620\/28c0\/1200d620\/none\/12350\/SQGF\/image_content_10511785_20190126214729.jpg?ssl=1&w=800&resize=800&ssl=1 800w, https:\/\/i3.wp.com\/www.rionegro.com.ar\/binrepository\/1256x620\/28c0\/1200d620\/none\/12350\/SQGF\/image_content_10511785_20190126214729.jpg?ssl=1&w=1024&resize=1024&ssl=1 1024w, https:\/\/i3.wp.com\/www.rionegro.com.ar\/binrepository\/1256x620\/28c0\/1200d620\/none\/12350\/SQGF\/image_content_10511785_20190126214729.jpg?ssl=1&w=1280&resize=1280&ssl=1 1280w, https:\/\/i3.wp.com\/www.rionegro.com.ar\/binrepository\/1256x620\/28c0\/1200d620\/none\/12350\/SQGF\/image_content_10511785_20190126214729.jpg?ssl=1&w=1600&resize=1600&ssl=1 1600w\" fifu-data-src=\"https:\/\/i3.wp.com\/www.rionegro.com.ar\/binrepository\/1256x620\/28c0\/1200d620\/none\/12350\/SQGF\/image_content_10511785_20190126214729.jpg?ssl=1\"><\/p>\n<p>El decreto de Mauricio Macri sobre extinci\u00f3n de dominio tiene doble condici\u00f3n: est\u00e1 vigente desde su publicaci\u00f3n y tiene fuerza de ley, pero al mismo tiempo, envuelto en la pol\u00e9mica sobre su constitucionalidad, est\u00e1 pendiente a\u00fan de la ratificaci\u00f3n de validez que debe darle el Congreso: el gobierno espera conseguirla sin grandes problemas en febrero y descarta por ahora el tratamiento de un proyecto nuevo en acuerdo con la oposici\u00f3n. Mientras tanto, en el Ejecutivo ya empiezan a sacar cuentas: el Estado podr\u00eda recuperar, aseguran en el ministerio de Justicia y en el de Seguridad, entre 100 y 500 mil millones de pesos de la corrupci\u00f3n y del crimen organizado. Se trata de c\u00e1lculos iniciales, provisorios, en base a las causas en las que interviene hoy la Oficina Anticorrupci\u00f3n y casos que sigue el ministerio de Seguridad, pero que en cualquier caso plantean cifras enormes.<\/p>\n<p>La cifra m\u00e1s conservadora la dio el ministro de Justicia, Germ\u00e1n Garavano. Confirm\u00f3 que en los \u00faltimos tres a\u00f1os el ministerio de Seguridad decomis\u00f3 23 mil millones de pesos en bienes del narcotr\u00e1fico y crimen organizado. Se trata de casi 600 millones de d\u00f3lares: ese monto, dice a R\u00edo Negro el subsecretario de lucha contra narcotr\u00e1fico de ese ministerio, Mart\u00edn Verrier, equivale a lo que mueve todo el narcotr\u00e1fico en Argentina durante un a\u00f1o. Buena parte de esos bienes incautados es droga, de modo que el Estado no podr\u00eda recuperar todo ese dinero. Pero seg\u00fan cuentan en el ministerio, s\u00f3lo en veh\u00edculos ya podr\u00eda utilizarse la extinci\u00f3n de dominio para recuperar r\u00e1pidamente 2000 mil millones de pesos. <\/p>\n<p>El ministro Garavano tambi\u00e9n asegur\u00f3 que hay embargos que superar\u00edan los 100 mil millones de pesos. Sus voceros calculan, no obstante, otras cifras. En base a las causas que interviene la Oficina Anticorrupci\u00f3n, en Justicia aseguran que hay por lo menos 245 mil millones de pesos embargados s\u00f3lo en causas de corrupci\u00f3n. <\/p>\n<p>\u201cPodr\u00eda ser mucho m\u00e1s. En dos meses vamos a estar realizando una lista detallada y actualizada de todas las causas y de los bienes posibles de ser embargados\u201d, afirma un hombre cercano a Garavano. Algunos c\u00e1lculos m\u00e1s extremos en el ministerio sugieren que, sumado a lo que vendr\u00eda de Seguridad por crimen organizado, se podr\u00eda hablar eventualmente 500 mil millones. Por ahora, c\u00e1lculos provisorios. Todos ponen como ejemplo el caso de L\u00e1zaro B\u00e1ez a quien podr\u00edan retirarle bienes por 3000 millones de pesos. <\/p>\n<p>En Justicia esperan que la nueva procuraci\u00f3n de extinci\u00f3n de dominio que establece el DNU empiece a existir dentro de los pr\u00f3ximos dos meses y que est\u00e9 en funcionamiento pleno para mitad de a\u00f1o. Y calculan un a\u00f1o m\u00e1s tarde estar\u00eda dando sus primeros frutos. <\/p>\n<p>Pero, a pesar de que ya est\u00e1 vigente, el decreto tiene obst\u00e1culos que superar. La oposici\u00f3n, sobre todo el massismo, insiste con que promover\u00e1 la sanci\u00f3n de la leyde extinci\u00f3n de dominio votada hace casi tres a\u00f1os en Diputados, pero muy ablandada luego en el Senado. <\/p>\n<p>Fuera de algunas frases de ocasi\u00f3n como la del ministro de Interior, Rogelio Frigerio, que aseguraron que si hab\u00eda \u201cconsenso\u201d el oficialismo estaba dispuesto a volver a discutir la ley, las intenciones del gobierno son por ahora otras. Seg\u00fan afirman en presidencia, s\u00f3lo se buscar\u00e1 en febrero la ratificaci\u00f3n del DNU de Macri: \u201cNo vamos a volver al baile de Diputados y del Senado. En cualquier caso, con \u2018si hay consenso\u2019 nos referimos a si se acepta seguir los lineamientos de la norma presentada en el DNU. La norma blanda del Senado no tienen sentido\u201d. <\/p>\n<p>Creen, en Naci\u00f3n, que la jugada del DNU peg\u00f3 muy bien en la opini\u00f3n p\u00fablica: \u201cSi el PJ busca dar marcha atr\u00e1s queda muy expuesto\u201d, concluyen. <\/p>\n<p><span class=\"mln_uppercase_mln\">P- <\/span>\u00bfPor qu\u00e9 el decreto es constitucional o inconstitucional? <\/p>\n<p><span class=\"mln_uppercase_mln\">R- <\/span>Es inconstitucional porque viola los requisitos de habilitaci\u00f3n que establece la Constituci\u00f3n en el art\u00edculo 99: el presidente tiene vedada, bajo pena de nulidad absoluta e insanable, emitir disposiciones de car\u00e1cter legislativo. Solamente puede dictarse un DNU cuando situaciones excepcionales impidan el proceso normal de sanci\u00f3n de leyes. Y en este caso no se cumple ning\u00fan requisito. <\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"mln_uppercase_mln\">P- <\/span>\u00bfLa ley del 2006 que regula la intervenci\u00f3n del Congreso ante los decretos, no los blinda? <\/p>\n<p><span class=\"mln_uppercase_mln\">R- <\/span>No es que lo blinde, le otorga una situaci\u00f3n de preferencia formal a los decretos por encima de las leyes. Es inconstitucional tambi\u00e9n esa ley, porque basta con que s\u00f3lo una de las dos c\u00e1maras del Congreso lo avale para que el decreto sea v\u00e1lido y sea considerado ley, mientas que una ley requiere la aprobaci\u00f3n de las dos c\u00e1maras.<\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"mln_uppercase_mln\">P- <\/span>El gobierno defiende que s\u00f3lo abarca aspectos civiles, de modo que est\u00e1 dentro de sus facultades. <\/p>\n<p><span class=\"mln_uppercase_mln\">R-<\/span> No, el DNU se ancla en un proceso penal, regula de forma indirecta materia penal. Tanto Diputados como el Senado, cuando el proyecto se trat\u00f3, pas\u00f3 por la comisi\u00f3n de Asuntos Penales, por cual no hay dudas de que esto estar\u00eda regulando materia penal. <\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"mln_uppercase_mln\">P- <\/span>\u00bfPuede la justicia civil adelantarse a una condena penal? <\/p>\n<p><span class=\"mln_uppercase_mln\">R- <\/span>No deber\u00eda adelantarse a una condena penal, la acci\u00f3n s\u00f3lo deber\u00eda poder proceder frente a una condena penal. El problema adem\u00e1s es que el decreto establece que si despu\u00e9s se comprueba que la persona es inocente y es absuelta, el Estado devuelve el bien o su equivalente en dinero. Pero no se prev\u00e9 ninguna acci\u00f3n de indemnizaci\u00f3n por da\u00f1os y perjuicios. <\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"mln_uppercase_mln\">P- <\/span>\u00bfQu\u00e9 puede decirse sobre la retroactividad y la inversi\u00f3n de la carga de la prueba?<\/p>\n<p><span class=\"mln_uppercase_mln\">R-<\/span> Primero que, conforme al texto mismo del decreto, la acci\u00f3n no es retroactiva. Porque el C\u00f3digo Civil establece claramente en el art\u00edculo 7 que las leyes no son retroactivas salvo que expresamente se deje constancia de lo contrario, y no es el caso. Segundo, para avalar la inversi\u00f3n de la carga de la prueba tendr\u00eda que existir otro derecho o principio, mucho m\u00e1s poderoso, que justifique que siempre el principio de presunci\u00f3n de inocencia caiga derrotado. El recupero civil de bienes obtenidos con delitos no es suficiente. <\/p>\n<p><span class=\"mln_uppercase_mln\">P- <\/span>\u00bfPor qu\u00e9 el decreto es constitucional o inconstitucional? <\/p>\n<p><span class=\"mln_uppercase_mln\">R- <\/span>Es constitucional porque la Constituci\u00f3n establece que el presidente puede, excepcionalmente, dictar un decreto cuando circunstancias impiden el funcionamiento normal para la sanci\u00f3n de leyes. La lucha contra la corrupci\u00f3n requiere celeridad, los bienes obtenidos por la corrupci\u00f3n o el narcotr\u00e1fico se esfuman r\u00e1pido. Eso urge, frente a un Congreso que en tres a\u00f1os no logr\u00f3 la sanci\u00f3n de un proyecto. Y el segundo punto que avala el decreto es que la Argentina es signataria de dos convenciones sobre corrupci\u00f3n, la de la ONU y la Interamericana. Eso la obliga a tomar medidas en contra este tipo de delitos. Si no lo hace, est\u00e1 incumpliendo. Este decreto no s\u00f3lo cumple con las convenciones sino que es la forma de cumplir con ellas. <\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"mln_uppercase_mln\">P- <\/span>\u00bfQu\u00e9 puntos negativo ve? <\/p>\n<p><span class=\"mln_uppercase_mln\">R-<\/span> Que me hubiera gustado que se hiciera a trav\u00e9s de una ley. El mal funcionan las instituciones obliga a llegar a este extremo, pero una ley le dar\u00eda m\u00e1s fortaleza. <\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"mln_uppercase_mln\">P-<\/span> Ya sea por ley o si el DNU es avalado en el Congreso, \u00bfla norma no corre igual riesgo de ser declarada inconstitucional por la Justicia? <\/p>\n<p><span class=\"mln_uppercase_mln\">R- <\/span>Bueno, si el DNU es ratificado por el Congreso ya es v\u00e1lido. Despu\u00e9s s\u00ed puede haber un control del tipo judicial, que es otra cosa: eso lo tiene que plantear una persona en un caso concreto que le produzca un perjuicio. Estamos hablando de a\u00f1os, nada inmediato. La Corte en general no se ha pronunciado sobre decretos y cuando lo hizo, lo hizo respecto a un gobierno anterior, no al del momento. <\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"mln_uppercase_mln\">P- <\/span>\u00bfEl decreto no est\u00e1 regulando materia penal?<\/p>\n<p><span class=\"mln_uppercase_mln\">R- <\/span>No. Frente a una decisi\u00f3n del juez penal, que presume que un bien de una persona procesada en delitos de corrupci\u00f3n se obtuvo ilegalmente, dicta una medida cautelar. Ah\u00ed se inicia el proceso civil. El decreto trata justamente de ese proceso civil, no lo penal.<\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"mln_uppercase_mln\">P- <\/span>Se adelanta a la justicia penal. <\/p>\n<p><span class=\"mln_uppercase_mln\">R- <\/span>S\u00ed, y esa es la idea, y est\u00e1 bien. Si las sentencias penales ac\u00e1 tienen un promedio de 14 o 15 a\u00f1os relativas a corrupci\u00f3n. Se quiere imponer un fantasma: quien es acusado en el proceso civil tiene todas las facultades para defenderse, no se trata de un juicio sumario. Si uno tiene pruebas de que es un bien que obtuvo leg\u00edtimamente no va a tener problemas. Los bienes que yo tengo no tengo ninguna dificultad para demostrar c\u00f3mo los pague. Muchos se quieren proteger con este fantasma. <\/p>\n<p><span class=\"mln_uppercase_mln\">P- <\/span>\u00bfPor qu\u00e9 es leg\u00edtima la inversi\u00f3n de la carga de prueba y la retroactividad? <\/p>\n<p><span class=\"mln_uppercase_mln\">R- <\/span>Ya en el enriquecimiento il\u00edcito aparece esta inversi\u00f3n de la carga de la prueba. No es novedad. Lo que se habla de retroactividad es del fruto del delito, no del delito. Quien delinqui\u00f3 se hizo de un bien. Y reci\u00e9n se lleg\u00f3 a terminar penalmente con el tema penal muchos a\u00f1os despu\u00e9s, hasta 20 a\u00f1os. Ac\u00e1 no se refiere a los delitos, se refiere a los bienes que fueron obtenidos a trav\u00e9s de delitos. Jur\u00eddicamente es legitima la aplicaci\u00f3n. En otros pa\u00edses como Per\u00fa y Colombia, donde se legisl\u00f3 es as\u00ed. Hay antecedentes internacionales y ha sido muy eficaz. <\/p>\n<p>Fuente: rionergo argentina<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Extinci\u00f3n de dominio: c\u00e1lculos de cientos de miles de millones El decreto de Mauricio Macri sobre extinci\u00f3n de dominio tiene doble condici\u00f3n: est\u00e1 vigente desde su publicaci\u00f3n y tiene fuerza de ley, pero al mismo tiempo, envuelto en la pol\u00e9mica sobre su constitucionalidad, est\u00e1 pendiente a\u00fan de la ratificaci\u00f3n de validez que debe darle el [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":1404,"comment_status":"false","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[8],"tags":[167],"class_list":{"0":"post-1403","1":"post","2":"type-post","3":"status-publish","4":"format-standard","5":"has-post-thumbnail","7":"category-nacionales","8":"tag-work"},"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/chacosintesis.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1403","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/chacosintesis.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/chacosintesis.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/chacosintesis.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/chacosintesis.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1403"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/chacosintesis.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1403\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/chacosintesis.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/1404"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/chacosintesis.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1403"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/chacosintesis.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1403"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/chacosintesis.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1403"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}