{"id":11233,"date":"2021-08-06T19:02:45","date_gmt":"2021-08-06T22:02:45","guid":{"rendered":"https:\/\/chacosintesis.com.ar\/?p=11233"},"modified":"2021-08-06T19:07:26","modified_gmt":"2021-08-06T22:07:26","slug":"una-por-una-las-nuevas-disposiciones-sanitarias-vigentes-en-el-pais","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/chacosintesis.com.ar\/index.php\/una-por-una-las-nuevas-disposiciones-sanitarias-vigentes-en-el-pais\/","title":{"rendered":"Una por una, las nuevas disposiciones sanitarias vigentes en el pa\u00eds"},"content":{"rendered":"<div dir=\"ltr\">El gobierno nacional dio a conocer, en detalle, el alcance de las nuevas disposiciones en el marco de la pandemia de coronavirus, entre las cuales se destacan par\u00e1metros que se tienen en cuenta para definir situaciones de alarma sanitaria, las actividades permitidas en todo el territorio y aquellas que todav\u00eda est\u00e1n restringidas. Ac\u00e1, un amplio repaso.<\/p>\n<p>En cuanto a par\u00e1metros a considerar, el gobierno defini\u00f3 que ser\u00e1n consideradas situaciones de alarma epidemiol\u00f3gica y sanitaria en aglomerados urbanos de m\u00e1s de 300.000 habitantes, aquellas en las que:<\/p>\n<p>-La ocupaci\u00f3n de camas totales de terapia intensiva sea superior al 80 por ciento.<\/p>\n<p>-La variaci\u00f3n porcentual del n\u00famero de pacientes internados en UTI por COVID-19 de los \u00faltimos siete d\u00edas, respecto de los siete d\u00edas anteriores sea superior al 20 por ciento.<\/p>\n<p>-Contin\u00faan en vigencia las medidas de cuidado individual como la distancia m\u00ednima de 2 metros entre personas, el uso de tapabocas, la ventilaci\u00f3n de los ambientes en forma adecuada y constante, y la higiene frecuente de las manos.<\/p>\n<p>Actividades permitidas<\/p>\n<p>Las actividades permitidas en todo el territorio nacional son las siguientes:<\/p>\n<p>En espacios cerrados:<\/p>\n<p>-La pr\u00e1ctica de deportes, eventos sociales, culturales, recreativos y religiosos; y las actividades realizadas en cines, teatros, clubes, locales gastron\u00f3micos, centros culturales, gimnasios, casinos y bingos, con un aforo del 70 por ciento.<\/p>\n<p>-La asistencia a centros de d\u00eda y clubes de adultos mayores con un aforo del 70 por ciento cuyos asistentes cuenten con el esquema completo de vacunaci\u00f3n contra la COVID-19, y hayan transcurrido 14 d\u00edas desde entonces.<\/p>\n<p>-Las reuniones sociales en domicilios particulares de hasta 10 personas si se realizan en espacios interiores, y de hasta 20 personas si se realizan al aire libre.<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p>En espacios abiertos:<\/p>\n<p>-La realizaci\u00f3n de excursiones y actividades tur\u00edsticas de acuerdo a los protocolos y normativa vigente, que se efect\u00faen exclusivamente en transportes que permitan mantener ventilaci\u00f3n exterior adecuada de manera constante y cruzada.<\/p>\n<p>-Las reuniones y actividades en espacios p\u00fablicos de hasta 100 personas.<\/p>\n<p>-La autoridad jurisdiccional podr\u00e1 disminuir el aforo establecido seg\u00fan los par\u00e1metros epidemiol\u00f3gicos y sanitarios.<\/p>\n<p>Viajes grupales:<\/p>\n<p>-Las jurisdicciones podr\u00e1n autorizar la realizaci\u00f3n de viajes en grupos de hasta 10 personas para actividades recreativas, sociales y comerciales, en tanto tengan como origen y destino aglomerados que no sean considerados en Situaci\u00f3n de Alarma Epidemiol\u00f3gica y Sanitaria; que se realicen en base a los protocolos; que no incluyan pasajeros que hayan estado en el exterior durante los \u00faltimos 14 d\u00edas o sean convivientes de quien revista tal condici\u00f3n; no hayan sido contacto estrecho de un caso confirmado de COVID-19 durante los 14 d\u00edas previos al viaje, ni hayan tenido un diagn\u00f3stico positivo de COVID-19 en el mismo per\u00edodo.<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p>Clases presenciales:<\/p>\n<p>-Se mantendr\u00e1n las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en todo el pa\u00eds, dando efectivo cumplimiento a los par\u00e1metros de evaluaci\u00f3n, estratificaci\u00f3n y determinaci\u00f3n del nivel de riesgo epidemiol\u00f3gico y condiciones establecidas en las Resoluciones N\u00b0 364 del 2 de julio de 2020, 370 del 8 de octubre de 2020, 386 y 387 ambas del 13 de febrero de 2021 del Consejo Federal de Educaci\u00f3n, sus complementarias y modificatorias.<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p>Actividades no permitidas<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p>Quedan suspendidas en todo el pa\u00eds las siguientes actividades:<\/p>\n<p>-Eventos masivos, entendidos como todo acto, reuni\u00f3n o acontecimiento de car\u00e1cter eventual, cuyo objeto sea art\u00edstico, musical, festivo o deportivo, capaz de producir una concentraci\u00f3n mayor a 1.000 asistentes.<\/p>\n<p>-Reuniones sociales en domicilios particulares de m\u00e1s de 10 personas si se realizan en espacios interiores y de hasta 20 personas si se realizan al aire de libre.<\/p>\n<p>-Viajes grupales de egresados jubilados y jubiladas y grupales de estudiantes o similares.<\/p>\n<p>-Actividades y reuniones sociales en espacios p\u00fablicos al aire libre de m\u00e1s de 100 personas.<\/p>\n<p>-Actividades en discotecas, salones de fiestas, bailes, o actividades similares.<\/p>\n<p>-Los gobernadores y el jefe de Gobierno de la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires, en atenci\u00f3n a las condiciones epidemiol\u00f3gicas y sanitarias, podr\u00e1n disponer restricciones temporarias y focalizadas adicionales en los lugares bajo su jurisdicci\u00f3n.<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p>Actividades que se suspenden en aglomerados urbanos en situaci\u00f3n de alarma epidemiol\u00f3gica y sanitaria por el t\u00e9rmino de nueve d\u00edas:<\/p>\n<p>&#8211; La circulaci\u00f3n nocturna de las personas, entre las 20 y hasta las 6 del d\u00eda siguiente.<\/p>\n<p>&#8211; Eventos masivos (art\u00edsticos, musicales, festivos o deportivos).<\/p>\n<p>&#8211; Las actividades econ\u00f3micas, industriales, comerciales y de servicios en lugares cerrados con 50 por ciento de aforo.<\/p>\n<p>&#8211; Las actividades recreativas, culturales, religiosas y deportivas con 30 por ciento de aforo.<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p>Medidas de fronteras<\/p>\n<p>-Se estableci\u00f3 el cupo semanal de 11.900 plazas para argentinos y argentinas y residentes hasta el 6 de septiembre y, en adelante, un cupo semanal de 16.100 plazas si se habilitan nuevos corredores seguros.<\/p>\n<p>-Dentro de las plazas mencionadas, 700 pasajeros podr\u00e1n ser priorizados por el Estado Nacional por razones de urgencia o para atender cuestiones esenciales impostergables o de representaci\u00f3n oficial o diplom\u00e1tica, a los efectos de facilitar su viaje al pa\u00eds.<\/p>\n<p>-Sigue prohibido el ingreso de extranjeros.<\/p>\n<p>-Se eliminan las restricciones de vuelos directos por pa\u00edses con la posibilidad de habilitar vuelos especiales para facilitar el ingreso de argentinos desde esos pa\u00edses (Brasil, Chile, Reino Unido, etc).<\/p>\n<p>-Los gobernadores y gobernadoras podr\u00e1n solicitar la apertura de nuevos corredores seguros (terrestres y\/o a\u00e9reos) siempre que cuenten con protocolo aprobado por la autoridad sanitaria provincial, previendo en su caso los mecanismos de testeo, aislamiento y traslado de las muestras respectivas para la secuenciaci\u00f3n gen\u00f3mica que deber\u00e1 dem\u00e1s estar aprobado por el Ministerio de Salud de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>-Sigue prohibido el ingreso por frontera terrestre.<\/p>\n<p>-Dentro de los nuevos corredores seguros a implementar a partir del 6 de septiembre del 2021, y seg\u00fan la situaci\u00f3n de cobertura de vacunaci\u00f3n, sanitaria y epidemiol\u00f3gica en origen y en destino, desde el 6 de septiembre los gobernadores podr\u00e1n proponer la implementaci\u00f3n de una experiencia piloto \u00a0de ingreso de extranjeros provenientes de Chile y la Rep\u00fablica Oriental del Uruguay solo con esquemas completos de vacunaci\u00f3n y cuarentena obligatoria.<\/p>\n<p>\u00a0<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El gobierno nacional dio a conocer, en detalle, el alcance de las nuevas disposiciones en el marco de la pandemia de coronavirus, entre las cuales se destacan par\u00e1metros que se tienen en cuenta para definir situaciones de alarma sanitaria, las actividades permitidas en todo el territorio y aquellas que todav\u00eda est\u00e1n restringidas. 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