Vacaciones, licencias e indemnizaciones: los puntos clave que el Gobierno negocia para la reforma laboral

Vacaciones, licencias e indemnizaciones: los puntos clave que el Gobierno negocia para la reforma laboral

El Gobierno avanza en la discusión de una reforma laboral en el marco del Consejo de Mayo junto a representantes del sector empresario, aunque sin el acompañamiento del sector sindical. Se trata de un borrador que la administración de Javier Milei pretende unificar y enviar al Congreso hacia fin de año como parte del paquete de reformas estructurales. A pesar de que el texto aún no está cerrado, ya generó fuertes tensiones con la CGT, que rechaza varios de sus ejes centrales.

Las negociaciones se mantienen desde hace semanas y abordan, entre otros puntos, tres capítulos centrales para los trabajadores: el esquema de vacaciones, las licencias por enfermedad y el régimen de indemnizaciones. Desde el sector empresario señalan que el objetivo oficial es avanzar hacia un marco “más flexible y homogéneo” que incentive el empleo formal. La CGT, por su parte, sostiene que el borrador implica un “retroceso de derechos” y advierte que no acompañará la versión actual.

Entre los cambios propuestos figura una reescritura del artículo 154 de la Ley de Contrato de Trabajo que ordena el período de vacaciones entre el 1 de octubre y el 30 de abril, salvo acuerdo entre las partes. El borrador también fija una notificación por escrito con 45 días de anticipación, habilita el fraccionamiento del descanso con un mínimo de una semana por tramo (previo acuerdo entre partes) y garantiza que cada trabajador pueda tomar vacaciones en temporada alta (verano) al menos una vez cada tres años.

Otro de los ejes es la modificación del régimen de licencias por enfermedad o accidente no laboral. El texto prevé una prestación no remunerativa y no contributiva a cargo del empleador —salvo aportes a la obra social— con una duración que dependerá de la antigüedad y de si el trabajador tiene cargas de familia. El monto será equivalente al 80% del salario neto. También se precisan requisitos formales de los certificados médicos y se mantiene la facultad de control del empleador.

El borrador incorpora además aclaraciones sobre enfermedades crónicas, establece que una suspensión económica o disciplinaria no afectará el cobro de la prestación y fija un régimen de cobertura ampliada para trabajadores con convivientes o hijos menores o con discapacidad.

En cuanto a la indemnización por antigüedad, el proyecto redefine el cálculo del artículo 245. Propone un mes de sueldo por cada año trabajado, basado en la mejor remuneración mensual normal y habitual del último año. Excluye el aguinaldo y conceptos no mensuales, y fija topes definidos por el Ministerio de Capital Humano. También establece un límite inferior para evitar reducciones excesivas y garantiza que la indemnización nunca sea inferior a un mes de salario.

Finalmente, el texto habilita que convenios colectivos puedan sustituir el régimen indemnizatorio por un fondo o seguro de cese laboral, siempre a cargo del empleador. El nuevo artículo 245 ter dispone que, si se adopta ese sistema, reemplazará íntegramente la indemnización tradicional.

Con información de Infobae.

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