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¿Qué se puede hacer y qué no durante la veda electoral?

Redacción 15/09/2023
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Este “silencio electoral”, normado en el Código Electoral, invita a que las y los votantes puedan tener un espacio para reflexionar antes de emitir su voto.
Desde las 8 de este viernes inició la veda electoral, por lo que a partir de ese momento comenzaron a regir una serie de prohibiciones entre las cuales se destaca el impedimento de toda manifestación proselitista para todas las fuerzas políticas. Cabe destacar que, desde el día de ayer, está prohibido hacer anuncios públicos de gestión que puedan promover la captación de votos. Esto rige tanto para el Gobierno provincial como el municipal interviniente en las elecciones.
Según el artículo 71 del Código Electoral, la veda comienza 48 horas antes del inicio de los comicios y, en este caso, rige desde las 8 de la mañana de este viernes 15. La finalización se dará tres horas después de finalizada la primera etapa de las elecciones 2023, a las 21, después del fin de los comicios.
Las acciones prohibidas durante la veda electoral son:
– Actos públicos de campaña y proselitismo electoral.
– Espectáculos populares al aire libre o en espacios cerrados, fiestas, actividades deportivas y cualquier reunión pública.
– Portación de armas.
– Portación de banderas, insignias o distintivos partidarios.
– Venta de bebidas alcohólicas, la cual estará permitida hasta las 20 del sábado (día previo a la elección).
– Ofrecer boletas para el voto dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptoras de votos; así como también abrir locales partidarios en este mismo radio.
– Publicación y difusión de encuestas o sondeos.
¿Qué pasa con quienes violan la veda?
Quien viole la veda electoral estará sujeto a sanciones económicas que son multas que van entre $10 mil y $100 mil por la emisión de publicidad electoral durante el silencio establecido. Las personas que induzcan al voto o impulsen el ausentismo en estas Elecciones 2023 pueden recibir una pena de dos meses a dos años de prisión. Además, los que violen el carácter secreto del voto se enfrentan a posibles condenas de hasta tres años. A quien venda bebidas alcohólicas durante la veda le corresponde una pena de prisión de entre quince días y seis meses.
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Redacción 15/09/2023
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