Más allá de las medidas investigativas que continúan surgiendo en la causa conocida como Lavado I, la jueza Zunilda Nirempger reconoció que podrían ser parte de una causa residual y que los expedientes donde ya hubo procesamientos y hay personas en prisión deberían cerrarse para que pueda elevarse a juicio. Horacio Rey, Ismael Fernández, Roberto Lugo, entre quienes cumplen la prisión preventiva por lavado de activos.
“Nosotros estamos tratando de tener resuelto el expediente y las medidas necesarias para poder elevar la parte del expediente en donde ya hubo procesamientos y que se encentraría en condiciones de cerrarse la instrucción, más allá de que puedan seguirse nuevas medidas y seguir avanzando en alguna causa residual”, explicó este martes la jueza del Federal Nº1, Zunilda Niremperger, en declaraciones para La Radio.
Aseguró que la idea es “concluir lo que ya tenemos para poder elevarlo a juicio, habida cuenta que es el expediente donde hay personas detenidas y es lo primero y principal que debemos tener en cuenta”.
Además, aseguró que los hechos por los cuales fueron originariamente imputados, “parte del proceso del iter criminis que había sido denunciado fue medianamente develado, por lo menos en parte, con la sospecha necesaria para esta etapa”. “Queremos que llegue a juicio para que allí, con la inmediatez con la que se lleva adelante un juicio oral se pueda determinar si hay responsabilidad o no. Pero sí que se ponga fin a este estado de incertidumbre que existe en un expediente que es complejo, pero que al haber personas detenidas nos pone en la responsabilidad de tener que avanzar urgentemente”.
A título personal, y consultada sobre su opinión al respecto de las detenciones preventivas, sostuvo: “Nadie debería estar de acuerdo con las prolongadas detenciones. Seguimos sosteniendo que las detenciones se llevan adelante de manera excepcional y en aquellos casos donde existe algún tipo de peligrosidad procesal y cada uno interpreta y esas son las diferencias que existen entre las distintas jurisdicciones o magistrados. Cada uno hace interpretaciones de cuáles son las pautas objetivas que nos llevan a limitar la libertad para casos excepcionales”. Y añadió: “Por supuesto que las personas en forma indefinida no pueden estar detenidas provisoriamente, que debe ser evaluado en cada momento si se mantienen las condiciones que lo llevaron a prisión al inicio, si está próxima a ser llevada a juicio y que además la imputación sea suficientemente grave. Se evalúan un montón de situaciones. El criterio es judicial y ahí hay diferencias entre los distintos magistrados”.
CHACO DIA POR DIA.-
