La Justicia procesó a ocho altos mandos iraníes y libaneses por el atentado a la mutual judía AMIA. Las medidas las dispuso el juez federal, Daniel Rafecas, por el ataque terrorista del 18 de julio de 1994 que provocó 85 muertes, 151 heridos y graves daños materiales.
El magistrado determinó en la resolución que el atentado fue decidido por la cúpula del gobierno iraní y ejecutado por Hezbollah. Además calificó los hechos como delitos de lesa humanidad y genocidio, y le impuso un embargo de U$S500.000.000 a cada uno de los procesados.
Los procesamientos son para Alí Fallahijan (exMinistro de Inteligencia iraní), Alí Velayati (ex Ministro de Relaciones Exteriores iraní), Mohsen Rezai (ex Comandante de la Guardia Revolucionaria iraní), y Ahmad Vahidi (Comandante de la fuerza Al Quds, de la Guardia Revolucionaria).
Según la resolución, desde los cargos que ocupaban dentro del régimen iraní y sus estructuras, estos cuatro procesados decidieron y participaron en la organización del atentado y posibilitaron que quienes luego actuaron sobre el terreno consumaran el atentado.
Sumado a Hadi Soleimanpour (ex Embajador de Irán en la Argentina), Mohsen Rabbani (activista religioso fundamentalista radicado en Buenos Aires desde 1983 y Consejero Cultural de la Embajada iraní en Argentina) y Ahmad Asghari (ex agente de inteligencia de la Guardia Revolucionaria), en calidad de “cómplices necesarios”. El magistrado les imputó a estos tres procesados haber contribuido en forma esencial al plan criminal, desde el ámbito diplomático y la red local iraní.
El juez además procesó a Salman Raouf Salman (o Samuel El Reda, agente libanés de Hezbollah) como responsable de haber coordinado la etapa final del atentado. En cambio, dispuso la falta de mérito respecto de los imputados Abdallah Salman y Hussein Mouzannar. No trató la situación del Líder Supremo iraní Alí Khamenei y del líder de Hezbollah Imad Mughniyeh, que murieron en 2026 y 2008, respectivamente. Así como tampoco del libanés vinculado a Hezbollah Alí Hussein Abdallah, que murió en 2020.
En el fallo de procesamiento a ocho altos mandos iraníes y libaneses por el atentado a la AMIA Rafecas dio por probado que los terroristas compraron una camioneta Renault Trafic el domingo 10 de julio de 1994, que acondicionaron y cargaron con 300 kg de amonal y TNT.
Al vehículo lo dejaron preparado el 15 de julio de ese año, en un estacionamiento a cuatro cuadras de la AMIA. Esperaron para hacerla explotar tres días después, a media mañana, el momento de mayor concurrencia al edificio elegido como blanco terrorista.
El magistrado dispuso las medidas gracias al régimen de juicio en ausencia (Ley 27.784), que permitió avanzar en el proceso penal más allá de que los acusados estén prófugos, asegurando su derecho a contar con un defensor y manteniendo todas las demás garantías del debido proceso.
De esta manera, la decisión de los acusados de mantenerse prófugos en el extranjero dejó de ser un impedimento para que la Justicia analice las pruebas reunidas y resuelva su situación.
En la reconstrucción desarrollada en la resolución, y sobre la base de las pruebas reunidas por la UFI AMIA, el juez determinó que la decisión de cometer el atentado se tomó en agosto de 1993, de parte de las máximas instancias del régimen iraní.
El ataque fue encomendado a Hezbollah, agrupación pro-iraní con sede en El Líbano, que organizó su ejecución, mediante una red de apoyo regional y local, con base en la Triple Frontera (Ciudad del Este, Paraguay; Foz de Iguazú, Brasil y Puerto Iguazú, Argentina).
Los hechos se calificaron como homicidios y lesiones reiteradas, agravados por odio racial o religioso y por el uso de un medio idóneo capaz de causar un peligro común, además de daño agravado por motivos discriminatorios.
El juez fundamentó y calificó el atentado como un crimen de lesa humanidad, así como también en la figura de genocidio en los términos del Derecho internacional.
Dio por probado que el atentado a la AMIA fue coordinado con un segundo ataque a la comunidad judía, que se produjo al día siguiente en Panamá, con una explosión por un pasajero suicida, un avión de línea, que mató a sus tres tripulantes y 17 pasajeros. Doce de ellos eran de la colectividad judía local, algunos con sus esposas (crimen que mantiene abierta una causa penal en ese país, desde la que se intercambia información).
Cuatro días después, ambos atentados, según se afirma en la resolución, fueron reivindicados en forma conjunta por Hezbollah desde El Líbano, a través de una denominación de cobertura llamada “Ansar Allah”.
Rafecas dispuso sobre la base del dictamen de la UFI AMIA, darle intervención a la Corte Suprema, ante la posible conexidad de esta causa con la que investiga el atentado a la Embajada de Israel en 1992, que tramita en ese Tribunal, ya que según la Fiscalía a cargo de Sebastián Basso ambos sucesos habrían sido ejecutados por Hezbollah.
El procesamiento podrá ser apelado por la Defensa Oficial a cargo de Hernán Silva, y de ser confirmado por las instancias superiores, habilitará al Juzgado a correrle vistas a la Fiscalía, las querellas y la Defensa oficial, para luego dictar el auto de elevación a juicio oral y público de la causa, a uno de los Tribunales Orales en lo Criminal Federal de la Capital, objetivo final de la ley de juicio en ausencia.
El Gobierno destacó el procesamiento de ocho altos mandos iraníes y libaneses por el atentado a la AMIA. El presidente Javier Milei dijo en su cuenta de X: “La Moral como Política de Estado. ¡MAGA!”.
El ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques, remarcó: “El procesamiento dictado por la Justicia Federal en la causa AMIA marca un hito en la lucha contra la impunidad. Gracias a la ley de juicio en ausencia, hoy se procesó a 8 iraníes y libaneses como autores del atentado a la AMIA y pronto habrá en Argentina un juicio oral por estos hechos. Un paso histórico en favor de las 85 víctimas, sus familias y toda la sociedad argentina”.
La jefa de bloque de la Libertad Avanza en el Senado, Patricia Bullrich, expresó: “32 años tuvieron que pasar para que la Justicia pueda avanzar contra los iraníes prófugos acusados por el atentado a la AMIA.
La Ley de Juicio en Ausencia, que aprobamos el año pasado, vino a terminar con la impunidad: si un acusado de terrorismo se fuga, la Justicia no se detiene. Todo lo contrario al Memorándum con Irán que firmó Cristina Kirchner para exculparlos y que queden impunes”. (TN)