En un nuevo giro en la política cambiaria, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) decidió volver a aplicar una de las restricciones que estiveron activas hasta la salida del cepo cambiario.
La medida afectará a un selecto grupo de personas físicas: los directivos de entidades financieras y sus familiares directos. La decisión fue oficializada a través de la Comunicación A8332 y busca limitar la operatoria de dólares en un contexto de creciente tensión financiera.
Restricción cruzada por 90 días
La nueva norma reintroduce la restricción cruzada, una de las principales limitaciones del cepo. En la práctica, esta medida impide que las personas alcanzadas por la disposición, cada vez que adquieran dólares en el mercado oficial, puedan operar con el dólar MEP o el dólar Contado con Liquidación (CCL) durante los 90 días siguientes.
Este tipo de operaciones, que permite dolarizar carteras a través de la compraventa de bonos, había sido liberado para individuos en abril, pero ahora se aplica nuevamente a este grupo específico.
La decisión, impulsada por la entidad presidida por Santiago Bausili, afecta a un amplio abanico de actores del sector financiero. La normativa precisa que la restricción se aplica a:
- Accionistas con una participación del 5% o más en una entidad financiera.
- Directores, síndicos y gerentes de bancos.
- Funcionarios de entidades autorizadas a operar en cambios.
- Cónyuges, convivientes o familiares hasta segundo grado de consanguinidad de las personas mencionadas.
Para asegurar el cumplimiento de la medida, los bancos deberán exigir una declaración jurada a los clientes afectados, en la que se comprometan a no realizar operaciones de compra de títulos con liquidación en moneda extranjera en los 90 días siguientes a la adquisición de divisas.
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