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El Gobierno derogó una resolución sobre las patentes farmacéuticas

Redacción 18/03/2026
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El Gobierno nacional formalizó un cambio de fondo en el régimen de patentes farmacéuticas con la publicación de la Resolución Conjunta 1/2026 en el Boletín Oficial, este miércoles. La medida, firmada por los ministerios de Salud y Economía junto al Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI), deroga la normativa vigente desde 2012 que establecía pautas restrictivas para el otorgamiento de patentes en el sector.

A partir de ahora, el análisis se realizará caso por caso bajo los criterios generales de la Ley 24.481, en línea con los estándares internacionales fijados por el acuerdo ADPIC.

El argumento oficial sostiene que la normativa anterior limitaba la capacidad del INPI para evaluar solicitudes y generaba un entorno menos favorable para la innovación. Según los considerandos de la resolución, una protección más robusta de la propiedad intelectual contribuye a acelerar la llegada de nuevos medicamentos al mercado, incluso en países en desarrollo, y mejora las condiciones de previsibilidad para la inversión en investigación y desarrollo.

ARGENTINA VUELVE AL MUNDO. La Resolución Conjunta 1/26 con firma de @Mariolugones_ar, @LuisCaputoAR y @CharlieMGallo, deroga la Conjunta 118/2012 sobre patentes farmacéuticas. Representa una mejora trascendental en el respeto de la propiedad intelectual en nuestro país. Aquella…

— Fede Sturzenegger (@fedesturze) March 18, 2026

En paralelo, el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, justificó públicamente la decisión con un mensaje político que la enmarca dentro del programa económico del Gobierno. Afirmó que la derogación corrige un esquema que hacía “muy difícil (sino imposible)” patentar medicamentos en Argentina y lo vinculó con la necesidad de reforzar el derecho de propiedad como eje central de la gestión.

También sostuvo que la medida permitirá al país alinearse con sus socios comerciales y facilitar negociaciones internacionales, en particular con Estados Unidos.


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marzo 18, 2026 9:54 ammarzo 18, 2026 9:54 am


La resolución introduce, sin embargo, una cláusula transitoria relevante: las nuevas patentes que se otorguen no podrán afectar la comercialización de medicamentos que ya estén en el mercado al momento de entrada en vigencia de la norma.

En esos casos, los titulares no podrán impedir su continuidad ni exigir compensaciones económicas. El esquema busca evitar conflictos inmediatos con la oferta existente, aunque abre un escenario de mayor litigiosidad potencial a futuro en torno a derechos de exclusividad.

El cambio regulatorio reconfigura el equilibrio entre acceso a medicamentos y protección de la innovación, un eje históricamente sensible en la política sanitaria. Mientras el Gobierno prioriza la convergencia con estándares internacionales y la atracción de inversiones, el impacto concreto sobre precios, competencia y disponibilidad de tratamientos quedará sujeto a la dinámica del mercado y a la interpretación que el INPI adopte en cada expediente.

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