La Corte falló en contra del “Señor Tabaco”: cuánto estiman que deberá pagar

La Corte falló en contra del “Señor Tabaco”: cuánto estiman que deberá pagar

La Corte Suprema de Justicia cerró una larga disputa entre el Estado y Tabacalera Sarandí, empresa presidida por Pablo Otero —apodado el “Señor del Tabaco”—, al confirmar la constitucionalidad del impuesto interno mínimo previsto en la ley 27.430. La decisión obliga a la compañía a abonar el piso impositivo que había cuestionado durante años, argumentando que encarecía de forma desproporcionada sus marcas más baratas.

Según estimaciones realizadas por Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), las empresas que son propiedad de Otero deben en este concepto alrededor de 1.400 millones de dólares.

Otero, cuyo grupo produce cigarrillos como Red Point, West, Master y Kiel, había litigado contra la reforma tributaria impulsada durante el gobierno de Mauricio Macri, que incrementó en un 70% los impuestos internos al tabaco.

Según la firma, esa suba favorecía a las multinacionales y ponía en riesgo la viabilidad de sus productos “ultrabaratos”. En 2022, la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal le dio la razón y declaró inconstitucional la norma, pero la AFIP y Massalin Particulares apelaron y llevaron el caso a la Corte.

El fallo del máximo tribunal, firmado por los jueces Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti junto a los conjueces Mariano Llorens, Enrique Moltini y Mario Boldú, sostuvo que la fijación de tributos y montos mínimos es competencia exclusiva del Congreso, salvo que exista arbitrariedad evidente, lo que —según el dictamen— no ocurrió.

Además, remarcó que el impuesto tiene un objetivo extrafiscal: desalentar el consumo de tabaco por sus efectos en la salud, siguiendo lineamientos de la Organización Mundial de la Salud.

La Corte también rechazó un intento reciente de Otero de desistir del juicio bajo un régimen de regularización fiscal, por no cumplir con los requisitos formales. Y cuestionó que la Cámara hubiera utilizado valoraciones sobre “grandes tabacaleras” y “realidad del mercado” sin respaldo jurídico.

El fallo citó antecedentes como el caso “Nobleza Piccardo” (2015), en el que se ratificó que la protección de la salud pública puede prevalecer sobre los intereses comerciales.

Con esta resolución, el “Señor del Tabaco” sufre un duro revés y deberá adecuar sus operaciones al esquema impositivo vigente. La sentencia no solo pone fin a un litigio emblemático del sector, sino que reafirma la potestad del Congreso de fijar políticas fiscales que, además de recaudar, funcionen como herramienta de salud pública.

Con información de Infobae.

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