El Gobierno nacional avanzó en la consolidación de un nuevo borrador de reforma laboral que circula en los ámbitos técnicos, políticos y empresariales como antesala del debate legislativo previsto para las sesiones extraordinarias. El documento, que el oficialismo presenta como una modernización integral del régimen de trabajo, reordena pilares estructurales de la Ley de Contrato de Trabajo y redefine derechos, obligaciones y modalidades de contratación.
Su diseño generó un fuerte respaldo de cámaras empresariales y un rechazo contundente de las centrales sindicales, que abandonaron el Consejo de Mayo luego de denunciar que el proyecto “recorta derechos y precariza la estructura laboral vigente”. A continuación, los ejes centrales que surgen del borrador oficial.
Vacaciones: flexibilidad, acuerdos y nuevos plazos
El borrador sostiene el derecho a las vacaciones anuales pagas, pero introduce una serie de modificaciones orientadas a flexibilizar su uso. Amplía la posibilidad de extender el período vacacional mediante acuerdos individuales o colectivos y fija un régimen de notificación anticipada de 45 días para comunicar el inicio del descanso.
La Ciudad de Mendoza cumplió el primer año desde la puesta en marcha del Estacionamiento Medido Digital, un sistema que comenzó como prueba piloto en diciembre del 2024. A la fecha, hay 81.000 personas registradas en la aplicación, a las que se suma otro 15% que utiliza…
Además, habilita el fraccionamiento de las vacaciones para adaptarlas a las necesidades productivas y familiares, e incorpora la opción de acumular días bajo autorización de la autoridad laboral. El período de otorgamiento, entre el 1° de octubre y el 30 de abril, permanece como referencia obligatoria del empleador.
Banco de horas y nuevas reglas de organización del tiempo de trabajo
La reforma profundiza la descentralización en materia de jornada laboral. Si bien respeta los límites mínimos de descanso (12 horas entre jornadas y 35 horas semanales), habilita que los convenios colectivos establezcan mecanismos de cálculo de la jornada por promedio, regímenes de banco de horas y sistemas alternativos de compensación.
Esto permitiría reorganizar el tiempo de trabajo según los ciclos productivos, siempre que no se supere el máximo legal semanal. El proyecto plantea que la reducción de la jornada solo procederá por legislación nacional o por acuerdo colectivo expreso, cerrando la puerta a reducciones unilaterales. La
Indemnizaciones y despidos
Uno de los capítulos más sensibles es el referido a indemnizaciones y despidos. El borrador habilita que la indemnización tradicional por despido sin causa pueda ser reemplazada, si lo acuerda la negociación colectiva, por fondos o seguros de cese laboral. Estos sistemas funcionarían como reservas sectoriales financiadas con aportes mensuales, con el objetivo de disminuir la carga inmediata sobre los empleadores y brindar previsibilidad a las empresas.
El cálculo indemnizatorio excluye pagos extraordinarios, premios y gratificaciones, mientras que se mantiene la base tradicional de salario normal y habitual. El texto clarifica las causales de despido con justa causa y exige que el empleador notifique electrónicamente la decisión, detallando los motivos cuando corresponda. Para los casos sin causa, mantiene la fórmula de un mes de sueldo por año de antigüedad. La
La reforma también redefine el funcionamiento ante conflictos en servicios esenciales o estratégicos. Establece un piso operativo del 75% en sectores críticos y del 50% para áreas como salud, transporte, energía, telecomunicaciones, educación, bancos y plataformas digitales, lo que implica un endurecimiento de las condiciones para ejercer medidas de fuerza.
Remuneraciones: digitalización y nueva composición salarial
El capítulo salarial introduce reglas uniformes para determinar qué conceptos integran la remuneración computable. Incorpora sumas fijas y variables, permite beneficios sociales específicos y excluye viáticos documentados y reintegros, buscando reducir litigiosidad.
El borrador obliga a digitalizar recibos de sueldo, planillas de asistencia y toda documentación laboral, otorgándoles plena validez legal. A su vez, prevé mecanismos extraordinarios de actualización salarial vinculados a la negociación colectiva, lo que sienta un marco regulatorio más rígido para evitar interpretaciones divergentes y litigios posteriores.
Enfermedad y ausencias
La modernización del sistema de ausencias y enfermedades introduce el uso obligatorio de certificados médicos digitales con plena validez jurídica. El proyecto crea un sistema centralizado de control médico para verificar diagnósticos y justificar inasistencias, con participación de empresas y la seguridad social.
Además, redefine qué se considera abandono de trabajo, acortando plazos y fijando criterios estrictos para la notificación de ausencias injustificadas. En los casos de enfermedades prolongadas, la empresa debe comunicar fehacientemente su decisión antes de tomar medidas disciplinarias o extinguir el vínculo. El texto también regula la incapacidad permanente y las obligaciones del empleador de reubicar al trabajador en tareas compatibles con su estado.
Reincorporación por vía judicial
El borrador fortalece el mecanismo de reincorporación cuando la Justicia declara ilegítimo el despido. El trabajador podrá elegir entre retomar el puesto o cobrar la indemnización; si opta por volver, la empresa deberá regularizar la relación y abonar los salarios caídos durante todo el período sin tareas.
La norma agrega que, en caso de incapacidad laboral permanente, el empleador estará obligado a asignar tareas acordes a la aptitud del trabajador y ajustar categoría, jornada y salario. Si no pudiera hacerlo por causas ajenas a su voluntad, operará la extinción del contrato con una indemnización reducida; si pudiendo hacerlo no lo hace, se aplicará la indemnización plena.
Plataformas de reparto
Uno de los apartados más novedosos es el dedicado a las plataformas digitales de reparto y empleo. El borrador reconoce de manera explícita la existencia de una relación laboral entre repartidores y empresas tecnológicas, obligación que incluye el registro de los trabajadores, el pago de aportes y contribuciones, y la contratación de seguros por accidentes.
El régimen especial fija reglas de jornada, descanso, remuneración mínima y derechos sindicales, y permite que estos trabajadores negocien convenios sectoriales propios. Esto implica una equiparación normativa con el resto de los trabajadores formales, en un sector que hasta ahora funcionaba bajo regímenes híbridos o de cuentapropismo
